Inspección de Gas
La inspección de gas solo puede hacerla la Compañía Distribuidora de gas que lleva el gas hasta tu vivienda atreves de la red de tuberías canalizadas.
La inspección de gas tiene la consideración de Periódica por que obligatoriamente debe llevarse acabo una vez cada 5 años.
En la inspección de gas periódica se realizan al menos 4 controles de seguridad
- Se verifica la ausencia de fugas de gas de forma ocular y mediante detectores electrónicos de gas.
- Verificar las condiciones de las ventilaciones de los locales.
- Se verifica los conductos de evacuación de gases de calderas y calentadores.
- Se realiza un análisis de la calidad de la combustión de los aparatos a gas existentes en la instalación como calderas, calentadores y cocinas a gas.
Si durante la inspección de gas se detecta alguna anomalía en la instalación o en los aparatos de consumo, el titular / usuario será informado y quedarán reflejados los defectos en el certificado de inspección.
En este caso el titular / usuario dispondrá de un plazo de 15 días naturales para subsanar las deficiencias cuando estas sean consideradas Anomalías Secundarias. Si las anomalías tienen la consideración de Anomalías Principales la instalación de gas quedará precintada y fuera de servicio de forma parcial o total dependiendo del lugar de la instalación donde se encuentre la anomalía.
Subsanar defectos en la instalación de gas
Para subsanar los defectos, el titular / usuario deberá contactar con su empresa de mantenimiento o instalador autorizado de gas para que estos subsanen las deficiencias encontradas, posteriormente emitirán el certificado que pudiera corresponder cumplimentando la documentación solicitada por la Compañía de Distribución de gas.
El proceso de Inspección de gas se recoge en el Real Decreto 919/2006 donde entre otras disposiciones se responsabiliza al titular / usuario de la instalación del gas para hacer un buen uso de la instalación, conservarla y mantenerla, por este motivo el coste generado por la inspección de gas corre por cuenta del titular / usuario de la instalación de gas.
El hecho de la existencia de este coste, en ocasiones ha sido causa de fraudes a particulares por la acción fraudulenta de quienes aprovechándose de la situación y el desconocimiento de los usuarios han suplantado la acción inspectora de la compañía de distribución de gas para entrar en las viviendas y simular una inspección de gas con el solo animo de cobrar a los titulares una cantidad de dinero.
Este hecho es una acción ilegal, perseguida por las autoridades. Se han puesto en marcha procedimientos de actuación para proteger a los usuarios de estos fraudes. Por este motivo el titular de una instalación de gas canalizado donde deba realizarse la inspección de gas, recibe una carta de su compañía distribuidora de gas informando anticipadamente de las fechas en la que se llevará acabo la campaña de inspección de gas, en la carta se identifica a la empresa acreditada que realizará la inspección de gas y algo muy importante en estas intervenciones el particular NO debe realizar pago en efectivo alguno al personal técnico que entra en la vivienda a realizar la inspección de gas oficial.
El cargo de la inspección de gas le es cobrado al titular/usuario posteriormente mediante cargo en su cuenta bancaria de esto se encarga la empresa comercializadora que le factura el gas mensualmente.
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